15 enero 2016

COMENTARIO A LA RESOLUCIÓN MP Nº2/2016


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innovación / modernización / recursos humanos / comercio exterior / costos / proyectos / tecnología / marketing / gestión / capacitación / relaciones institucionales / asuntos regulatorios y públicos


COMENTARIO A LA RESOLUCIÓN MP Nº2/2016

Esta Resolución ajusta determinadas posiciones (NCM) incluidas en la Resolución MP Nº5/2015 por diversas razones, básicamente en materia de libros y de productos que contienen “acero inoxidable” (insumo sin fabricación nacional, entre otros).

Por otra parte, se exceptúa de lo dispuesto en la presente resolución:

1.    a las destinaciones de importación definitiva para consumo que, a la fecha de publicación de la presente medida, cuenten con la Declaración Jurada Anticipada de Importación (DJAI) en estado de aprobada, en cuyo caso mantendrán su vigencia hasta la fecha de su caducidad,
2.    A las operaciones realizadas en el marco de los regímenes de muestras, de donaciones y de franquicias diplomáticas, así como también en el caso de importaciones de mercaderías con franquicias de derechos y tributos, de mercaderías provenientes del Área Aduanera Especial de la Isla Grande de la Tierra del Fuego, comprendida en la Provincia de TIERRA DEL FUEGO, ANTÁRTIDA E ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR, originarias de la misma, y operaciones de importación realizadas por la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, de corresponder su tramitación.
3.    Aquellas mercaderías ingresadas bajo el régimen de Courier o de envíos postales que no requieran tramitar las Licencias No Automáticas de Importación del presente Artículo 3°, quedan excluidas del régimen establecido en la presente resolución. Aquellas mercaderías ingresadas bajo el régimen de Courier o de envíos postales, que estuvieren alcanzadas por lo establecido en el Artículo 3°, sólo quedarán exceptuadas de la tramitación de Licencias No Automáticas de Importación en los casos en que sean destinadas para uso o consumo particular del importador”.
4.    A su vez, incorpora al Régimen de Licencias No Automáticas otras NCM

No obstante nos quedan algunas preocupaciones:

1.    Ésta Resolución MP Nº 2/2016 pone en evidencia que mediante una adecuada interlocución entre las Empresas y/o Cámaras es posible producir ajustes al Sistema de Administración de Comercio Exterior desarrollado.

Sin embargo la Autoridad de Aplicación debería definir cuál ha de ser la metodología para tal fín, que tipo de información se debe presentar; ya sea para la inclusión o para la exclusión y bajo que supuestos y modo será analizada la información que se solicite y presente

2.    No están excluidas aquellas partes, piezas e insumos en los que no haya producción nacional o que existiendo producción nacional ésta no se adapte en calidad, calidad y requisitos de calidad entre otros a la demanda interna de los productores, sobre todo en aquellos casos donde la oferta nacional quedó rezagada respecto de la demanda de los productores nacionales ya sea por motivos, tipo de tecnología, calidad, capacidad de producción, etc. En dichos casos ésos insumos partes y piezas deben ser excluidos del Régimen de LNAP por parte de la Autoridad de Aplicación.

3.    Debería incluirse que las importaciones de partes y piezas a ser utilizados como repuestos de máquinas y equipos parados o en reparación programada puedan ingresar por el sistema de “Courier” hasta al menos u$s 3.000 en caso de que éstos repuestos fueran alcanzados por las LNAP y no existieran sustitutos de producción nacional (tal lo señalado en punto anterior)

4.    Se debe, taxativamente, señalar en el Régimen de Aduana de Frontera hasta que volúmenes son autorizados disponer de “libre franquicia” cuando los bienes transportados sean objeto de LNAP

5.    No esta taxativamente dispuesto que cumplidos los 90 días que dispone la Organización Mundial del Comercio las LNAP serán aprobadas de modo automático. Dicho artículo debe ser o bien abrogado o bien dicho plazo (que no esta contemplado en las disposiciones de la OMC) debe ser al menos de 180 días.

La OMC señala que la validez será establecida con criterio amplio. Señala la OMC: “El período de validez de la licencia será de duración razonable y no tan breve que impida las importaciones. El período de validez de la licencia no habrá de impedir las importaciones procedentes de fuentes alejadas, salvo en casos especiales en que las importaciones sean precisas para hacer frente a necesidades a corto plazo de carácter imprevisto”.

Es en base a ésta determinación que señalamos que el plazo de 90 días establecido en la Resolución MP 5/2015 y ratificado por la Resolución MP 2/2016 es exiguo y arbitrario y que puede dificultar la operación del comercio exterior en particular cuando se trata de producciones no seriadas o adquiridas en el marco de los planes de producción de un proveedor que ya tiene previsto un plan de producción propio y determinado y que ésa demanda debe ser contemplada fuera de los plazos de producción del proveedor.

Cabe destacar que ésta decisión tiene implicancias de carácter bancario dado que no será posible pagarle al proveedor anticipos mientras la LNAP no éste debidamente aprobada dado que, en caso de ser rechazada el solicitante puede enfrentar un sumario bancario se girará las divisas y luego no pudiera cumplimentar el total de la operación.

6.    Tampoco se ha establecido de modo taxativo el plazo de aprobación cuando se trate de Licencias Automáticas ni tampoco, como señalamos más arriba, el plazo de duración de las mismas.

NOTAS MARGINALES

1.    Tal vez, enredados en Resoluciones que pueden o no sacar empresas del mercado y que con toda seguridad afirmaran “que ésta es una reedición de la los ’90”, el sector empresario y en particular las PYME, no logren comprender que detrás de las Resoluciones MP5/2015 y MP2/2016 queda delineada una verdadera política productiva que, a modo de parte aguas, definirá el destino o más bien, las intenciones manifiestas de la política productiva.

2.    Es precisamente la “política de los 90” la que le pone el marco que permite, como ya señalamos, la interlocución pero no la decisión. Es decir, se habrá de ejecutar un muy darwiniano proceso de selección que en una primera etapa sr abocara a establecer cierta protección sobre los “bienes no transables” y regulara, mediante un fino monitoreo, el comportamiento de los precios.

3.    Dado que los “no transables” ocupan en la “matriz productiva” un espacio marginal de la misma pero extremadamente numeroso en cuanto a cantidad de productores (pero simultáneamente una demanda que no cesa y que no está preocupada por discernir acerca de la legalidad o no de sus transacciones (recordemos, o tengamos en cuenta) que ninguna frase de los discursos o decisiones que ha de tomar el Ministerio de Industria anunciadas formalmente porque aún –a la fecha- carecen de las formalidades propias de la función pública) tampoco.

4.    Es decir, los denominados “mercados marginales” seguirán funcionando con su estructura a pleno (fuente de reclutamiento de una inmigración de baja calidad, trabajo indecente, percepción una masa sumamente importante de ingresos públicos (subsidios) dado que el mercado se funcionará con independencia de la estructura tributaria a la que harán caso omiso y sin la queja de los “productores nacionales” cuyo “lobby” logra ser “protegido por las LNAP en tanto son los proveedores de ése mercado (el formal es muy pequeño, intrascendente) al que abastecen con todo tipo de servicios.

5.    Como corresponde habrán de constituirse en un grupo de apoyo muy importante de la política productiva, pero deberán enfrentar un “multiplicador de Lagrange” impouesto por el Poder Ejecutivo Nacional: los precios.

6.    El “slogan” POBREZA CERO no pasa de una alimentación razonables, acceso a servicios públicos (fundamental mente agua y salud) y la posibilidad de participar –como demandantes- en los mercados marginales operan como redistribuidores de subsidios. Ese es una parte “dura” del gasto público, convertido luego en déficit fiscal, que no podrá ser removido por más que los gestores de la política económica lo pretendan realizar. Se da de bruces con una definición estratégica de la política económica.

7.    En conclusión, el área de los “no transables” y ligado al “consumo popular” continuara siendo una “zona liberada” a la cual, cada tanto ( es decir cuando excedan determinado nivel de precios) le prestará atención y porque no, alguna de castigo marginal.

8.    Pero para la “política económica” de ésta nueva administración presidida por el Sr Macri la cuestión central, básica y estratégica son los “transables”, es decir, aquellos sectores capaces de producir Manufacturas de Origen Industrial TRANSABLES, algunos dirán competitivas, fundamentalmente en el mercado regional y si pueden atravesar los mares, cuales nuevos “Marcos Polos” aplaudirán sin vergüenza.

9.    Es decir, ya tenemos el primer esbozo – bastante preciso- de cuál es la matriz productiva industrial por cuya definición bregamos:

MOI - Transables
No transables con alguna posibilidad de reconversión –bajo ciertas condiciones- en transables
Zona gris
Zona gris
MOI - Transables sujetas a cambios en política públicas (RREE, normalización, etc.) y acompañados de alguna política pública de promoción
No transables absolutos

Cuando señalamos "NO transables absolutos es que la política pública permitirá sin más trámite la existencia en su modelo productivo lo que en general se conoce como "La Salada" con sus características de trabajo informal, evasión consentida (que es la forma de subsidiar gran parte del consumo popular), etc.  

10.  Ahora, bajo éstas condiciones, y como ya hemos dicho, ante un pedido de “protección” la respuesta de la Autoridad de Aplicación es “las empresas deben mirarse para adentro”. Traducido es: ¿qué hicieron en materia de productividad y en mejora de su propia competitividad interna capaz de ser reflejada en el mercado?

La cuestión de la “competitividad” puede encontrar como “buena excusa” el denominado “costo argentino”. Pero ahí la cuestión es: ¿si yo te resuelvo los problemas de infraestructura y tomo medidas (ya lo ha hecho quitando el Impuesto a las Exportaciones Industriales vulgarmente denominadas “retenciones”) y diseño un sistema tributario verdaderamente progresivo y pro-industrial, ¿vas a exportar o seguiras proclamando a los cuatro vientos que es el Estado (en cada una de sus jurisdicciones) la “máquina de impedir” teniendo presente que ésos argumentos son un rasero que iguala? Hay que tener presente que el Estado Nacional ha “sincerado” el tipo de cambio y que ya no estamos bajo un sistema de tipos de cambios múltiples, sini que hay un verdadero Mercado Único y Libre de Cambios (MULC)

11.  Pero centremos nos en la productividad. Y es ahí donde empiezan los problemas y poco y nada sabemos de ella. Han empresas PYME que han invertido su rentabilidad (por más que se haya declarado su permanente tendencia a la baja) con alta calidad y visión estratégica y hay PYME que han convertido en mera renta ésa “rentabilidad” adicional que les garantizaba una economía (prácticamente cerrada) con un voraz sector gobierno pero que permitía el descuento de ésa voracidad trasladándola a precios ( de allí un esquema donde el alza generalizada de los precios, compensada en algunos con una compleja y no siempre razonable política de subsidios en muchos casos cruzados).

12.  A la política económica del Sr Macri sólo le interesan los primeros. Quienes no llegaron a comprender que “ser empresario” es convertir la “renta en capital” son “empresarios rentistas que resultan para el sector moderno (es decir aquellas que han invertido con calidad de las más diversas formas) una carga ya imposible de sobrellevar.

13.  Obviamente la re estructuración industrial ( la producción primaria) ya lo ha hecho, plantea insoslayablemente la cuestión del empleo. Allí también aparece la cuestión de la calidad. Hay empleo (mano de obra) de calidad, capacitada, con disponibilidad y un enorme masa de trabajadores que ya existe y que la re estructuración industrial habrá de contribuir a engrosar.

14.  Allí una dura política de empleo. Ha de existir una muy profunda política de re capacitación (a lo que se resisten muchos trabajadores) y seguramente, en el mediano plazo, una reforma laboral –que estimo será hecha con “cuenta gotas” pero que habrá de resistir los embates del sector sindical ( en mi visión el Gobierno del Sr Macri no caerá en una negociación que termine alimento las cajas sindicales como la Ley 18.619/1970 y sus modificatorias ni permitirá avanzar en materia de derechos sindicales como la Ley 20.744/1974 y sus modificatorias). Es decir, no creo que el Gobierno del Sr Macri cometa los errores de Feldman, Casella y otros en materia de negociación con los sindicatos). La declaración hace pocos días de un alto funcionario (Prat Gay) respecto de que será responsabilidad de los sindicatos cambiar salario por empleo, anticipa los término de la negociación.

15.  En resumen, gran parte de nuestra “masa crítica” de asociados será presionada para o bien correrse hacia el sector marginal de la economía (donde su capacidad de adaptación será discutible o hacia lo que denominamos “el cierre silencioso”). Salvo que las Instituciones representativas desarrollen estrategias de supervivencia y les permitan llevar adelante una reconversión que siempre es posible.

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