03 diciembre 2016

Para muestra, basta un botón

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Con fecha 30 de noviembre de 2016 el Poder Legislativo sancionó la Ley de Presupuesto 2017.

Si bien la noticia de la sanción es de singular trascendencia para la consolidación de la vida republicana, resulta a su vez un hecho novedoso en sí dos situaciones:

1.    no incluida en la Ley de Presupuesto 2017 pero que ya está en vías de organización es la puesta en marcha de la Oficina de Presupuesto del Congreso de la Nación en tanto ésta Oficina (esperemos que no se convierta en un nuevo nido de nepotismo y burócratas sin conocimiento técnico alguno)

2.    La limitación, propuesta por el Poder Ejecutivo Nacional, y convalidada por el Congreso Nacional, de las facultades discrecionales que establece los denominados “superpoderes” que tiene por ley el Jefe de Gabinete en el marco de la indispensable modificación del artículo 37 de la Ley de Administración Financiera, que habilita al ministro coordinador a reasignar partidas presupuestarias sin el aval del Congreso.

Estas reestructuraciones no podrán superar el 7,5% en 2017 y el 5% en 2018, de modo que el límite a los superpoderes será gradual. Además, habrá una restricción adicional, que establece un tope del 15% para las reasignaciones que impliquen una transferencia de gastos de capital a gastos corrientes.

No obstante, los medios periodísticos han puesto el acento en la condonación de las deudas contraídas con el Mercado Mayorista Eléctrico tal vez, faltos de visión o conocimiento o capacidad de comprensión de otras importantes cuestiones, o porque el “tema eléctrico” “vende” en la tapa de sus publicaciones que establece el artículo 15º de la Ley de Presupuesto 2017 aprobada por el Congreso Nacional.

Dice el mentado artículo (que algunos ni siquiera se detuvieron a leer y mucho menos a analizar que significa y porqué):

ARTÍCULO 15.- El Estado nacional toma a su cargo las obligaciones generadas en el Mercado Eléctrico Mayorista (MEM) por aplicación de la resolución 406 de fecha 8 de setiembre de 2003 de la Secretaría de Energía, correspondientes a las acreencias de Nucleoeléctrica Argentina Sociedad Anónima (NASA), de la Entidad Binacional Yacyretá, de las regalías a las provincias de Corrientes y Misiones por la generación de la Entidad Binacional Yacyretá y a los excedentes generados por el Complejo Hidroeléctrico de Salto Grande, estos últimos en el marco de las leyes 24.954 y 25.671, por las transacciones económicas realizadas hasta el 31 de diciembre de 2017.

El Estado nacional a través de la Secretaría de Energía Eléctrica del Ministerio de Energía y Minería, en consulta a las jurisdicciones provinciales y sus entes reguladores, determinará las diferencias de ingresos percibidos por las distribuidoras nacionales, provinciales y municipales con motivo de la ejecución del Programa de Convergencia de Tarifas Eléctricas y Reafirmación del Federalismo en la República Argentina, correspondientes a cualquiera de los ejercicios en los que hubiera estado vigente, comparados con los ingresos que les hubieran correspondido de haberse aplicado el pliego de concesión.

Cumplidas por las beneficiarias las condiciones exigidas en dicho Programa para habilitar los desembolsos, el Poder Ejecutivo nacional instruirá a la Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico Sociedad Anónima (CAMMESA) a los fines de la aplicación del crédito determinado en el párrafo inicial del presente artículo a la cancelación de deudas que las distribuidoras del servicio público de electricidad de las jurisdicciones pertinentes tuvieran con CAMMESA, según corresponda, por la compra de energía eléctrica en el Mercado Eléctrico Mayorista (MEM) sujeto a la declinación por parte de las mismas, de cualquier reclamo judicial o administrativo relacionado a dicho programa.

Asimismo, el Estado nacional podrá contemplar las obligaciones que mantengan con el Mercado Eléctrico Mayorista (MEM) las empresas distribuidoras a las que no se le hubiesen reconocido ingresos, beneficios o inversiones efectivamente realizadas.

La presente autorización regirá hasta un monto máximo equivalente a las deudas que las distribuidoras del servicio público de electricidad de las jurisdicciones pertinentes tuvieran con CAMMESA.

En los hechos, éste artículo, como otros incluidos en la Ley de Presupuesto 2017, no hacen más que reconocer y convalidar y resolver, sin señalar a los responsables, de los dislates cometidos en la política de energía eléctrica durante más de 12 años.

Se trata, nada menos, que la inexistencia de los virreinales (pero que aún resultan imprescindibles) “juicios de residencia” que han permitido un despilfarro de tal magnitud que resulta imposible ponerle un monto que según algunos expertos oscila entre los $16.000/19.000 millones de pesos.

Este es sólo un ejemplo, importante si, pero no distinto a otros reconocimientos de deudas no canceladas en tiempo y forma por la gestión de gobierno 2003-2015 y que fijó con su impericia, corruptelas de todo tipo y tenor, descontrol y otras metodologías más cercanas al Código Penal que al Contencioso Administrativo.

Es por eso que cuando se pregunta de modo irónico si “arranca o no arranca” la economía se debería primero conocer, como se dice en la jerga tanguera, “el muerto” que nos legaron.

No defiendo a la actual administración gubernamental federal pero es imprescindible conocer las limitaciones y determinaciones que inhiben avanzar, como se dice: que la actividad económica arranque.

Los análisis pesimistas de muchos economistas (colegas de la profesión) que poseen una formación “standard” (tomada de los Manuales de Macroeconomía con mayor o menor rigurosidad matemática sean de “agua dulce” o de “agua salada” (Skidelsky) parecen no mirar el “campo minado” que como sociedad estamos recorriendo y que necesariamente debemos sortear.

La misma cortedad de miras rige para algunos periodistas que sin formación profesional alguna se dedican a “comentar” (porque no informan con la rigurosidad que el tema requiere) cuestiones de desarrollo económico y social, como si estuvieran en el banco de un andén y desde allí, cómodamente sentados, vieran pasar los trenes.

Colegiales, 3/12/2016



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