14 julio 2015

Continuidad de la política de Administración del comercio exterior, en particular importaciones

Continuidad de la política de Administración del comercio exterior, en particular importaciones

Desde por lo menos inicios del mes de noviembre de 2014 y en diversas oportunidades los más altos funcionarios de la Secretaría de Comercio (que incluye la Sub Secretaría de Comercio Exterior) convocan a reuniones (en algunas hemos participado) señalando la necesidad de desarrollar un método alternativo para la administración de importaciones.

Debemos recordar que la anterior gestión (que dependía del Ministerio de Industria) a través de las Licencias No Automáticas (LNA), fue víctima de acusaciones de maniobras que le valieron el título de “corruptas” y en base a ésos hechos dicha gestión fue desplazada.

Posteriormente el Lic Moreno que exigía a las PYME complejas maniobras para obligarlas a mantener un balance comercial equilibrado manteniendo el sistema de LNA obligando a las PYME a suscribir complejos y onerosos contratos con quienes hasta ése momento exportaban.

Posteriormente ésta gestión que depende de modo directo del Ministerio de Economía, a partir del 12 de diciembre de 2013 creó el sistema de Declaraciones Juradas Anticipadas de Importación (DJAI) vigente a la fecha.

Sin embargo, llama la atención que diversos por medios vienen anunciando, el final de las DJAIs es el hecho más importante desde el 10 de enero de 2012, cuando en el Boletín Oficial apareció publicada la Resolución 3252 de AFIP, incorporando al "comercio exterior administrado", las propias declaraciones juradas anticipadas de importación.


Recordemos que Gobierno argentino acordó con la Unión Europea y con Estados Unidos desmontar el 31 de diciembre próximo las Declaraciones Juradas Anticipadas de Importaciones (DJAI) luego de perder un juicio arbitral ante la Organización Mundial del Comercio (OMC).


Así consta en una carta firmada el último 6 de julio por el representante argentino ante la OMC, Jorge D'Alotto, y su par de la Unión Europea, el griego Angelos Pangratis, en la que se informa que ambas partes "han acordado un plazo prudencial" para que el país adecue sus procedimientos de importación a las normas internacionales.

La medida se hará efectiva 21 días después de que la presidenta Cristina Fernández finalice su segundo mandato, por lo que será su sucesor el encargado de llevarla a la práctica.

Se trata de un panel que perdió la Argentina, iniciado en julio de 2012 por los 27 socios de la Unión Europea, Estados Unidos, Japón y varios países emergentes, entre los que estaba México.

El panel cuestionaba las Declaraciones Juradas Anticipadas de Importación (DJAI), sistema este que obliga a los importadores a hacer una presentación previa ante la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), pero que a su vez debe constar con la aprobación de la Secretaria de Comercio.

También se cuestionaba el mecanismo instaurado por el ex secretario de Comercio Guillermo Moreno, que obligaba a las empresas que procuraban hacer importaciones a exportar por cifras iguales.

El otro eje de los reclamos era las demoras de más de 60 días que tenía la Secretaria de Comercio para liberar licencias no automáticas de importaciones, medida esta que se dejó de implementar, cuando el eje de los controles pasó al Banco Central, donde se autorizan o no ventas de divisa.

De ese modo, la administración que encabeza la presidenta Cristina Fernández prometió a las principales potencias económicas del mundo levantar las barreras importadoras a las principales que caracterizaron sus ocho años de mandato, pero la medida se hará efectiva tres semanas después de dejar el poder.

La nota firmada por D'Alotto difundida hoy por la representación de la Comisión Europea en Buenos Aires, señala que el plazo negociado por Argentina "será de 11 meses y 5 días contados a partir del 26 de enero de 2015, fecha de la adopción de las recomendaciones y resoluciones del OSD". "En consecuencia, el plazo prudencial expirará el 31 de diciembre de 2015", aclara el texto subido al sitio internet de la OMC.

La Argentina perdió el panel el 26 de enero pasado, luego de apelar, y el pasado 2 de julio acordó con Estados Unidos la fecha del 31 de diciembre para el levantamiento de restricciones.

Así consta en una carta firmada el último 6 de julio por el representante argentino ante la OMC, Jorge D'Alotto, y su par de la Unión Europea, el griego Angelos Pangratis, en la que se informa que ambas partes "han acordado un plazo prudencial" para que el país adecue sus procedimientos de importación a las normas internacionales.

La nota firmada por D'Alotto difundida hoy por la representación de la Comisión Europea en Buenos Aires, señala que el plazo negociado por Argentina "será de 11 meses y 5 días contados a partir del 26 de enero de 2015, fecha de la adopción de las recomendaciones y resoluciones del OSD". "En consecuencia, el plazo prudencial expirará el 31 de diciembre de 2015", aclara el texto subido al sitio internet de la OMC.

Ante esto, el Secretario de Comercio, Augusto Costa, se reunió con los sectores “sensibles que compiten con importaciones para evaluar formas alternativas de protección paraarancelarias mediante normas técnicas aceptables para la OMC.


Lo cierto es que desde 2016 se podría poner en marcha otro tipo de instrumentos que la OMC permite para regular el comercio: antidumpings, salvaguardias, licencias no automáticas. Y también podría implementar restricciones no arancelarias, como normas de calidad, requisitos técnicos o estándares para importaciones.


Pero la permanente inducción desde los sectores oficiales a que desde el sector privado se desarrollen normas “para arancelarias” constituye un cambio de roles en tanto es el propio Poder Ejecutivo Nacional quien debe desarrollar dichos reglamentos técnicos y constituyen para las PYME una amenaza de suma importancia dado que dichos “para arancelarios” son medidas que también deben cumplir los productores nacionales y el refinamiento con que se desarrollan esas normas técnicas en muchos casos resultaran de imposible implementación para las PYME.

Todos los sistemas descriptos fueron siempre denunciados por diversos países ante la Organización Mundial del Comercio (OMC) hasta que finalmente hacia mediados de 2014 se tomó conciencia que el panel de análisis organizado para analizar el caso argentino de administración de importaciones fallaría en contra de la República Argentina y que las posibilidades de apelar o intentar negociaciones bilaterales con los denunciantes resultaba de difícil éxito.

Sin embargo, la vía de las negociaciones bilaterales no fue explorada por ésta Administración -a tal punto que la UE amenaza ahora con prohibir todos los derivados de la soja desarrollada a partir de semillas genéticamente modificadas- y en tal sentido consideramos que debería requerirse que se avance en tal sentido.

Por otra parte, y a modo de recomendación, entiendo que se debería ir evaluando fijar una posición en torno a una razonable administración del comercio internacional que sostenga la defensa y desarrollo de la industria nacional y el mercado interno.

Por otra parte, en mi opinión, la consulta a las Cámaras Sectoriales implica una discriminación negativa hacia las Cámaras y Empresas regionales otorgándole a las Cámaras Sectoriales (manejadas por las grandes empresas y con sede en el Ciudad de Bs As) que en muchos casos carecen de la representación PYME de las industrias del interior un factor de concentración y control sobre las PYME que participan del sistema federal de CAME.

Pero a su vez habrá de implicar un fuerte proceso de concentración del comercio de importación en manos de los grandes importadores mayoristas a donde deberán recurrir muchas PYME para abastecerse de materias primas, insumos, partes y piezas, etc situación que ya las PYME han sufrido al ser manipuladas por éstos grandes concentradores de comercio mediante las formas de pago, exigencia de anticipos, depósitos previos, etc.

La cuestión adquiere extrema gravedad toda vez que nos hemos expresado a favor del comercio exterior –fundamentalmente de importación- administrado en defensa de las PYME, la industria nacional y el mercado interno.

Simultáneamente no es de menor trascendencia el hecho que la resolución de ésta controversia traerá aparejada una demanda de apertura de la economía (en la actualidad entre la metodología DJAI y la situación de “default”, los economistas caracterizamos éster tipo de organización económica como una “economía cerrada” donde cualquier grado de apertura puede “arrasar” (y no de modo virtual) a algún sector económico o a algunos actores dentro de determinados sectores.


En nuestra observación del sistema económico hemos comenzado a verificar los denominados "despidos hormiga", es decir, el lento pero sistemático proceso de incremento de la desocupación cuyo único antídoto (o mejor dicho, droga) para producir distracción, cual si fuera un juego de cajas chinescas, es promover un consumo cada vez más insolvente mediante sistemáticas campañas, públicas o privadas, de "tarjeteo" o de financiamiento a plazos cada vez más largos de bienes y servicios que puede desembocar en un “default” del mercado interno de difícil resolución.

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