Continuidad de la política de Administración del comercio exterior, en
particular importaciones
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Desde por lo
menos inicios del mes de noviembre de 2014 y en diversas oportunidades los más
altos funcionarios de la Secretaría de Comercio (que incluye la Sub Secretaría
de Comercio Exterior) convocan a reuniones (en algunas hemos participado)
señalando la necesidad de desarrollar un método alternativo para la
administración de importaciones.
Debemos
recordar que la anterior gestión (que dependía del Ministerio de Industria) a
través de las Licencias No Automáticas (LNA), fue víctima de acusaciones de
maniobras que le valieron el título de “corruptas” y en base a ésos hechos
dicha gestión fue desplazada.
Posteriormente
el Lic Moreno que exigía a las PYME complejas maniobras para obligarlas a
mantener un balance comercial equilibrado manteniendo el sistema de LNA
obligando a las PYME a suscribir complejos y onerosos contratos con quienes
hasta ése momento exportaban.
Posteriormente
ésta gestión que depende de modo directo del Ministerio de Economía, a partir
del 12 de diciembre de 2013 creó el sistema de Declaraciones Juradas
Anticipadas de Importación (DJAI) vigente a la fecha.
Sin
embargo, llama la atención que diversos por medios vienen anunciando, el final
de las DJAIs es el hecho más importante desde el 10 de enero de 2012, cuando en
el Boletín Oficial apareció publicada la Resolución 3252 de AFIP, incorporando
al "comercio exterior administrado", las propias declaraciones
juradas anticipadas de importación.
Recordemos que Gobierno argentino acordó con la Unión
Europea y con Estados Unidos desmontar el 31 de diciembre próximo las
Declaraciones Juradas Anticipadas de Importaciones (DJAI) luego de perder un
juicio arbitral ante la Organización Mundial del Comercio (OMC).
Así consta en una carta firmada el último 6 de
julio por el representante argentino ante la OMC, Jorge D'Alotto, y su par de
la Unión Europea, el griego Angelos Pangratis, en la que se informa que ambas
partes "han acordado un plazo prudencial" para que el país adecue sus
procedimientos de importación a las normas internacionales.
La medida se hará efectiva 21 días después de
que la presidenta Cristina Fernández finalice su segundo mandato, por lo que
será su sucesor el encargado de llevarla a la práctica.
Se trata de un panel que perdió la Argentina,
iniciado en julio de 2012 por los 27 socios de la Unión Europea, Estados
Unidos, Japón y varios países emergentes, entre los que estaba México.
El panel cuestionaba las Declaraciones Juradas
Anticipadas de Importación (DJAI), sistema este que obliga a los importadores a
hacer una presentación previa ante la Administración Federal de Ingresos
Públicos (AFIP), pero que a su vez debe constar con la aprobación de la
Secretaria de Comercio.
También se cuestionaba el mecanismo instaurado
por el ex secretario de Comercio Guillermo Moreno, que obligaba a las empresas
que procuraban hacer importaciones a exportar por cifras iguales.
El otro eje de los reclamos era las demoras de
más de 60 días que tenía la Secretaria de Comercio para liberar licencias no
automáticas de importaciones, medida esta que se dejó de implementar, cuando el
eje de los controles pasó al Banco Central, donde se autorizan o no ventas de
divisa.
De ese modo, la administración que encabeza la
presidenta Cristina Fernández prometió a las principales potencias económicas
del mundo levantar las barreras importadoras a las principales que
caracterizaron sus ocho años de mandato, pero la medida se hará efectiva tres
semanas después de dejar el poder.
La nota firmada por D'Alotto difundida hoy por
la representación de la Comisión Europea en Buenos Aires, señala que el plazo
negociado por Argentina "será de 11 meses y 5 días contados a partir del
26 de enero de 2015, fecha de la adopción de las recomendaciones y resoluciones
del OSD". "En consecuencia, el plazo prudencial expirará el 31 de
diciembre de 2015", aclara el texto subido al sitio internet de la OMC.
La Argentina perdió el panel el 26 de enero
pasado, luego de apelar, y el pasado 2 de julio acordó con Estados Unidos la
fecha del 31 de diciembre para el levantamiento de restricciones.
Así consta en una carta firmada el último 6 de
julio por el representante argentino ante la OMC, Jorge D'Alotto, y su par de
la Unión Europea, el griego Angelos Pangratis, en la que se informa que ambas
partes "han acordado un plazo prudencial" para que el país adecue sus
procedimientos de importación a las normas internacionales.
La nota firmada por D'Alotto difundida hoy por
la representación de la Comisión Europea en Buenos Aires, señala que el plazo
negociado por Argentina "será de 11 meses y 5 días contados a partir del
26 de enero de 2015, fecha de la adopción de las recomendaciones y resoluciones
del OSD". "En consecuencia, el plazo prudencial expirará el 31 de
diciembre de 2015", aclara el texto subido al sitio internet de la OMC.
Ante esto,
el Secretario de Comercio, Augusto Costa, se reunió con los sectores “sensibles” que compiten con importaciones para
evaluar formas alternativas de protección paraarancelarias mediante normas técnicas aceptables para la OMC.
Lo cierto es que desde 2016 se podría
poner en marcha otro tipo de instrumentos que la OMC permite para regular el
comercio: antidumpings, salvaguardias, licencias no automáticas. Y también
podría implementar restricciones no arancelarias, como normas de calidad,
requisitos técnicos o estándares para importaciones.
Pero la
permanente inducción desde los sectores oficiales a que desde el sector privado
se desarrollen normas “para arancelarias” constituye un cambio de roles en
tanto es el propio Poder Ejecutivo Nacional quien debe desarrollar dichos
reglamentos técnicos y constituyen para las PYME una amenaza de suma
importancia dado que dichos “para arancelarios” son medidas que también deben
cumplir los productores nacionales y el refinamiento con que se desarrollan esas
normas técnicas en muchos casos resultaran de imposible implementación para las
PYME.
Todos los
sistemas descriptos fueron siempre denunciados por diversos países ante la
Organización Mundial del Comercio (OMC) hasta que finalmente hacia mediados de
2014 se tomó conciencia que el panel de análisis organizado para analizar el
caso argentino de administración de importaciones fallaría en contra de la
República Argentina y que las posibilidades de apelar o intentar negociaciones
bilaterales con los denunciantes resultaba de difícil éxito.
Sin embargo,
la vía de las negociaciones bilaterales no fue explorada por ésta
Administración -a tal punto que la UE amenaza ahora con prohibir todos los
derivados de la soja desarrollada a partir de semillas genéticamente
modificadas- y en tal sentido consideramos que debería requerirse que se avance
en tal sentido.
Por otra parte, y a
modo de recomendación, entiendo que se debería ir evaluando fijar
una posición en torno a una razonable administración del comercio internacional
que sostenga la defensa y desarrollo de la industria nacional y el mercado
interno.
Por otra
parte, en mi opinión, la consulta a las Cámaras Sectoriales implica una
discriminación negativa hacia las Cámaras y Empresas regionales otorgándole a
las Cámaras Sectoriales (manejadas por las grandes empresas y con sede en el
Ciudad de Bs As) que en muchos casos carecen de la representación PYME de las
industrias del interior un factor de concentración y control sobre las PYME que
participan del sistema federal de CAME.
Pero a su
vez habrá de implicar un fuerte proceso de concentración del comercio de
importación en manos de los grandes importadores mayoristas a donde deberán
recurrir muchas PYME para abastecerse de materias primas, insumos, partes y
piezas, etc situación que ya las PYME han sufrido al ser manipuladas por éstos
grandes concentradores de comercio mediante las formas de pago, exigencia de
anticipos, depósitos previos, etc.
La cuestión
adquiere extrema gravedad toda vez que nos hemos expresado a favor del
comercio exterior –fundamentalmente de importación- administrado en defensa de
las PYME, la industria nacional y el mercado interno.
Simultáneamente
no es de menor trascendencia el hecho que la resolución de ésta controversia traerá
aparejada una demanda de apertura de la economía (en la actualidad entre la
metodología DJAI y la situación de “default”, los economistas caracterizamos éster
tipo de organización económica como una “economía cerrada” donde cualquier
grado de apertura puede “arrasar” (y no de modo virtual) a algún sector económico
o a algunos actores dentro de determinados sectores.
En nuestra
observación del sistema económico hemos comenzado a verificar los denominados "despidos hormiga",
es decir, el lento pero sistemático proceso de incremento de la desocupación
cuyo único antídoto (o mejor dicho, droga) para producir distracción, cual si
fuera un juego de cajas chinescas, es promover un consumo cada vez más insolvente
mediante sistemáticas campañas, públicas o privadas, de "tarjeteo" o
de financiamiento a plazos cada vez más largos de bienes y servicios que puede
desembocar en un “default” del mercado interno de difícil resolución.